Jubilación
Consiste en proporcionar a sus Socios un beneficio económico consistente en el pago en una sola exhibición o diferido en dos o más pagos anuales, por concepto de cumplimiento de la pensión por la Jubilación o Retiro, adicional a la otorgada por el ISSSTE, una vez que se haya cumplido con los requisitos y el tiempo laboral necesario para recibir su pensión y que además compruebe que ha finiquitado los trámites necesarios ante esta dependencia (ISSSTE) para el disfrute de su prestación laboral.
Los motivos del beneficio se calculan de acuerdo con el tipo de retiro laboral que el trabajador haya ejercido al fideicomiso después de aportar por lo menos dos años, la cual se clasifica de la siguiente manera:
- TIPO 1.- JUBILACIÓN, RETIRO POR INVALIDEZ TOTAL Y FALLECIMIENTO
- TIPO 2.- RETIRO POR RENUNCIA AL PROGRAMA, DESPIDO LABORAL O EXPULSIÓN
El cálculo del monto a entregar, se determina de acuerdo con la generación de socios en que esté inscrito el socio, sumando el total de aportaciones y se multiplica por el factor que le corresponda, según la tabla de beneficios descrita a continuación.
Formas de pago de los Beneficios de Jubilación o Retiro Complementario:
Los beneficios del programa se entregarán de tres formas u opciones:
- Opción #1. Pago en una sola exhibición: Es decir lo aportado por el Socio se multiplicará por el factor de la tabla de beneficios de Jubilación o Retiro que le corresponda según los años aportados en el Fideicomiso.
- Este sistema de pago causará baja al socio en el beneficio de seguro de vida, suspensión definitiva de aportaciones al Fideicomiso y perderá el derecho de ejercer cualquier tipo de financiamiento.
- Opción #2. Pagos fraccionados sin aportaciones: El socio podrá optar por retirar una parte de la cantidad resultante del pago en una sola exhibición, el monto máximo a retirar inicial será por el 50% del beneficio y el resto del recurso se acumulará a la cuenta de aportaciones adicionales voluntarias y se acumularán al cierre de diciembre en su cuenta individual. Los retiros posteriores se realizarán en enero de cada año y podrán ser desde el 50% hasta el 100% del saldo a su favor.
- Este sistema de pago causará baja al socio en el beneficio de seguro de vida, se le suspenderá la obligación de aportaciones al fideicomiso y podrá ejercer cualquier tipo de financiamiento que ofrezca el programa.
- Opción #3. Pagos Fraccionados sin suspensión de aportaciones: El socio podrá optar por esta opción bajo las mismas condiciones del beneficio en pagos fraccionados con la opción de poder incrementar su saldo en su cuenta individual con aportaciones adicionales voluntarias de por lo menos el 3%. Ambos recursos generarán rendimientos de acuerdo con su saldo promedio de aportaciones y se acumularán al cierre de diciembre en su cuenta individual. Los retiros posteriores se realizarán en enero de cada año.
- Este sistema de pago al socio le permitirá gozar del beneficio de seguro de vida y podrá ejercer cualquier tipo de financiamiento que ofrezca el programa.